Roldanillo, Valle del Cauca, Domingo 30 de Junio de 2024

Políticas y Reglamento Presupuestal

vie 03 de abr de 2020 ∣  856

RESOLUCIÓN 485

(31 de marzo de 2020)

POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS POLÍTICAS Y EL REGLAMENTO PRESUPUESTAL DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO, VALLE - INTEP

Las políticas y el Reglamento Presupuestal del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo Valle, para orientar la programación, elaboración, presentación y ejecución del presupuesto institucional, como herramienta fundamental para la toma de decisiones de índole financiera y económica.

El presupuesto del INTEP comprende los programas y proyectos pertenecientes, a los ejes estratégicos establecidos en el Plan de Desarrollo Institucional, así como la estimación de los recursos necesarios para el funcionamiento de la entidad, de tal manera que se logre el cumplimiento de la misión institucional, optimizando los recursos financieros de la entidad y garantizando la sostenibilidad de la misma en el tiempo, bajo principios de eficiencia y transparencia.

Las fuentes de financiación del presupuesto del INTEP tienen su origen en transferencias del gobierno nacional, aportes de entidades territoriales, las rentas propias y los recursos de capital.

CAPÍTULO I
DEL SISTEMA PRESUPUESTAL

El sistema presupuestal del INTEP estará constituido el Plan Financiero, el Plan Operativo Anual de Inversiones POAI, y por el Presupuesto General de Rentas y Gastos para cada vigencia.

El Plan Financiero es un instrumento planificación y gestión financiera en el que se consideran las previsiones de ingresos, gastos, activos, pasivos y patrimonio como proyección del comportamiento de los Estados Financieros de manera Plurianual, acordes con las metas del Plan de Desarrollo Institucional, ajustado a la normatividad y políticas vigentes.

El Plan Operativo Anual de Inversiones POAI. Estará conformado por los proyectos de Inversión radicados de Inversión del INTEP, y clasificados por las fuentes de los recursos, en concordancia con el Plan de Desarrollo Institucional, que se ejecutaran dentro de una vigencia fiscal determinada.

El Banco de Proyectos de Inversión está constituido por los proyectos de inversión para una vigencia fiscal, presentados y radicados por las unidades académicas y dependencias administrativas de la institución ante la Oficina de Planeación, en concordancia con el Plan de Desarrollo Institucional.

CAPÍTULO II
PRINCIPIOS DEL SISTEMA PRESUPUESTAL

El presupuesto de rentas y gastos del INTEP se estructura acorde a los principios del sistema presupuestal, que se presentan a continuación:

  • Planificación: El presupuesto anual del INTEP debe reflejar los objetivos y metas, de los planes y programas para el cumplimiento de la misión institucional, el P.E.I, el Plan de Desarrollo y el Plan de Acción.
  • Anualidad: El año fiscal comienza del 01 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Después del 31 de diciembre no podrán asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año fiscal que se cierra en esa fecha y los saldos de apropiación no afectados por compromisos caducarán sin excepción.
  • Universalidad: El presupuesto deberá incluir el estimativo total de los ingresos corrientes, los recursos de capital y los aportes del presupuesto nacional, de los entes territoriales y demás ingresos que se reciban o esperen recibir durante el año fiscal, así como la totalidad de los gastos. Por lo tanto no se podrán efectuar gastos, ni realizar pagos, ni transferir créditos que no figuren en el presupuesto.
  • Homeostasis Presupuestal: El crecimiento real del presupuesto de rentas incluida la totalidad de los créditos adicionales de cualquier naturaleza, deberán guardar congruencia con el crecimiento de la economía, de tal manera que no genere desequilibrio macroeconómico.
  • Unidad De Caja: Existirá una sola caja o tesorería donde se percibirán todas las rentas y recursos de la Institución y con ellas se atenderá el pago oportuno de las apropiaciones autorizadas.
  • Especialización: Las apropiaciones deben referirse en cada órgano de la administración a su objeto y funciones, y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.
  • Programación Integral: Contemplar simultáneamente los gastos de inversión y de funcionamiento que las exigencias técnicas y administrativas demanden como necesarios para su ejecución y operación, de conformidad con los procedimientos y normas legales vigentes.
  • Inembargabilidad: Las rentas incorporadas en el presupuesto son inembargables.
  • Coherencia Macroeconómica: El presupuesto debe ser compatible con las metas macroeconómicas fijadas por el gobierno nacional.
  • Equilibrio: El presupuesto de gastos debe tener como base el presupuesto de ingresos y recursos de capital, entre los dos debe existir equilibrio y en ningún caso se podrán apropiar gastos si no se cuentan con fuente de financiación.

CAPÍTULO III
COMPOSICIÓN PRESUPUESTO

La composición del presupuesto del INTEP es la siguiente:

  • Presupuesto De Ingresos Y Recursos De Capital: Contendrá la estimación de los ingresos corrientes de la institución, de las transferencias del gobierno nacional o entidades territoriales y de los recursos de capital.
  • Presupuesto De Gastos: Incluirá las apropiaciones distinguiendo entre gastos de funcionamiento, servicio a la deuda y gastos de inversión.

CAPÍTULO IV
PRESUPUESTO DE INGRESOS

El presupuesto de ingresos del INTEP se encuentra conformado por Rentas Propias y las Transferencias del Gobierno Nacional o diferentes órganos gubernamentales.

Los Ingresos por Rentas Propias se clasifican en Ingresos Corrientes y Recursos de Capital.

  • INGRESOS CORRIENTES: Son los ingresos que se generan en desarrollo de las actividades propias de la institución en concordancia con su misión. Se clasifican en:
    1. MATRICULAS E INSCRIPCIONES: Corresponde al pago de los derechos pecuniarios del INTEP que otorgan la calidad de estudiante de la institución.
    2. OTROS SERVICIOS EDUCATIVOS: Son otros derechos pecuniarios que deben pagar los estudiantes durante su proceso de formación, estos comprenden, seminario de grado, pasantía, cursos de nivelación, derechos de grado entre otros.
    3. PROGRAMAS ESPECIALES: Comprende el pago de la venta de servicios realizada por el INTEP, diferente a los ingresos ordinarios recibidos por derechos pecuniarios, tales como Convenios Interadministrativos.
  • RECURSOS DE CAPITAL: Comprende los recursos del balance, la recuperación de cartera, los créditos internos y externos autorizados por el Consejo Directivo, los rendimientos financieros y el Superávit Fiscal y las donaciones.

Las transferencias corresponden a los recursos girados por el Gobierno Nacional o Departamental para el Funcionamiento o Inversión de la institución.

CAPÍTULO IV
Presupuesto de Gastos o de Apropiaciones

El presupuesto de gastos se constituye por los gastos de funcionamiento, del servicio a la deuda y de los gastos de inversión, comprende:

  • GASTOS DE FUNCIONAMIENTO: Son los egresos que se originan en el normal desarrollo de las actividades de las diferentes dependencias de la entidad, están conformados por:
    1. GASTOS DE PERSONAL: Remuneración a las personas por la contraprestación de los servicios prestados a la Institución. Comprende tanto el valor devengado como los otros beneficios y contribuciones asociadas.
    2. GASTOS GENERALES: Corresponden a la adquisición de bienes y servicios adquiridos por la institución para su funcionamiento.
    3. TRANSFERENCIAS CORRIENTES: Son los pagos necesarios para el funcionamiento de la Institución establecidos por Ley o normatividad, por los cuales no se exige contraprestación de parte de quien recibe la transferencia.
    4. GASTOS DE OPERACIÓN: Gastos que realiza la entidad para la producción y comercialización de bienes y servicios.
  • SERVICIO DE LA DEUDA: Son los gastos por concepto del Servicio de la Deuda Pública, tanto interna como externa, que tienen por objeto atender el cumplimiento de las obligaciones contractuales correspondientes al pago de capital, los intereses y comisiones generadas en operaciones de crédito público, se clasifican en:
    1. SERVICIO A LA DEUDA PUBLICA INTERNA: Constituye el monto total de gastos efectuados durante la vigencia, por concepto de capital, intereses, y comisiones, contratados exclusivamente con acreedores del país.
    2. SERVICIO A LA DEUDA PUBLICA EXTERNA: Constituye el monto total de gastos efectuados durante la vigencia, por concepto de capital, intereses, y comisiones, contratados exclusivamente con acreedores extranjeros.
  • GASTOS DE INVERSIÓN: Son aquellas erogaciones susceptibles de causar réditos o de ser de algún modo económicamente productivas, o que tengan cuerpo de bienes de utilización perdurable, llamados también de capital. Así mismo, aquellos gastos destinados a crear infraestructura social y a hacer efectivo el Plan de Desarrollo institucional.
  • OTROS CONCEPTOS DEL GASTO: Lo comprenden los programas de saneamientos fiscal y financiero, la amortización de Déficit Fiscal y Pasivos Exigibles de Vigencias Expiradas, a los que hubiese lugar en la institución.

CAPÍTULO V
PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL

La programación presupuestal comprende todos los procesos tendientes a determinar la totalidad de las rentas y recursos de capital, y de los gastos del INTEP en la respectiva vigencia, con base al Plan de Desarrollo Institucional, los Estatutos del Consejo Directivo y los indicadores socio-económicos a nivel nacional y regional.

La estimación de los ingresos se realizara con base en los siguientes aspectos:

  • Los recaudos de las rentas e ingresos de la institución se determinan de acuerdo con las bases económicas de los mismos y la situación general prevista para el periodo siguiente.
  • Los aportes del Gobierno Nacional deberán corresponder a las directrices del Ministerio de Educación Nacional para los recursos de funcionamiento e inversión girados al INTEP.
  • Los aportes de la Gobernación del Valle corresponden a los recursos aprobados por la Asamblea Departamental para el INTEP, mediante Ordenanza.
  • Los recursos de crédito que deban incorporarse al proyecto de presupuesto, tendrán en cuenta los planes y programas establecidos, la capacidad real de endeudamiento y la disponibilidad efectiva de contratación y desembolso de los recursos dentro del periodo para el cual se presupuesta.

La estimación de las apropiaciones de gastos se hará con las bases económicas de los mismos, la situación prevista para el siguiente periodo y los programas específicos diseñados para ejecutar el POAI. Para tal efecto se requiere:

  • Las apropiaciones para sueldos se justificaran con la nómina. Las partidas para gastos recurrentes o periódicos deben ser suficientes para el pago de los bienes y servicios, que se proyectan en el año. Las apropiaciones para gastos estimados deberán corresponder a necesidades reales a fin de garantizar el pago de los mismos.
  • La elaboración y aprobación de los proyectos específicos deben garantizar el cumplimiento de los planes, programas, metas y actividades, mediante la previsión racional de los recursos físicos y humanos
  • La programación de servicio a la deuda debe contemplar los vencimientos y las condiciones pactadas en los contratos de crédito. Así el mismo, el cumplimiento de las obligaciones cuando estas surjan de Ley.
  • En la programación de la inversión se incluirán las cuantías necesarias para garantizar la ejecución del conjunto de acciones programadas en la respectiva vigencia fiscal.
  • El proyecto de presupuesto debe incluir los compromisos asumidos legalmente en el año o años anteriores que afectan la vigencia fiscal que se está programando.

El anteproyecto de presupuesto de rentas y gastos del INTEP será sometido a al Consejo Directivo para su respectiva aprobación.

El INTEP presentara el anteproyecto de presupuesto aprobado por el Consejo Directivo a la asamblea departamental para su aprobación mediante ordenanza, sancionada por el Gobernador del departamento.

Al inicio de cada vigencia el Consejo Directivo Adoptara por medio de Acuerdo el Decreto de Liquidación del Presupuesto de Rentas y Gastos del INTEP. El Consejo Directivo aprobara la distribución del Presupuesto clasificado de la siguiente manera:

  • El presupuesto de Ingresos tendrá la siguiente desagregación:
    1. Rentas Propias
      1. Ingresos Corrientes
      2. Recursos de Capital
    2. Transferencias
      1. Corrientes Recibidas de la Nación
      2. Del Departamento
  • El presupuesto de Gastos tendrá la siguiente desagregación:
    • Gastos de Funcionamiento
      1. Gastos de personal
        1.1. Asociados a la Nomina
        1.2. Gastos de Personal Indirectos
        1.3. Contribuciones Inherentes a la nomina
      2. Gastos Generales
        2.2. Adquisición de Bienes
        2.3. Adquisición de Servicios
      3. Transferencias
        3.1. Corrientes Giradas al Sector Publico
        3.2. De Previsión y Seguridad Social
        3.3. Saneamiento Fiscal
      4. Gastos de Operación
        4.1. Otros Gastos de Operación
  • Servicio a la Deuda
    1. Interna
    2. Externa
  • Gastos de Inversión
    1. Inversión Social
  • Otros conceptos del Gasto

Una vez adoptado el presupuesto por el Consejo Directivo se expedirá la respectiva Resolución Rectoral de liquidación del mismo a nivel de detalle.

CAPÍTULO VI
EJECUCIÓN PRESUPUESTAL

La ejecución presupuestal se realizara sobre la base del acuerdo de aprobación de apropiaciones y gastos para la vigencia aprobado por el Consejo Directivo.

Los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuestales deberán contar con certificados de disponibilidad presupuestal previa, que garanticen la existencia de la apropiación suficiente. Igualmente, estos compromisos deberán contar con el registro presupuestal, para perfeccionar el compromiso y asegurar que los recursos no sean destinados a ningún otro fin.

Las adiciones, reducciones y traslados que afecten el Decreto expedido por la gobernación, serán presentados a esta entidad para su aprobación y modificación, su trámite se desarrollara de acuerdo con la normatividad vigente.

Los créditos y traslados del presupuesto que modifiquen las partidas aprobadas por el Consejo Directivo serán presentadas a dicho órgano colegiado para su aprobación.

Los movimientos presupuestales que afecten la liquidación del presupuesto a nivel de detalle, se realizaran oportunamente mediante Resolución Rectoral.

La ejecución del Presupuesto de Gastos de la institución se hará mediante el instrumento por el cual se define el monto máximo mensual de fondos disponibles, y monto mensual de pagos.

CAPÍTULO VII
VIGENCIAS FUTURAS

La asunción de las obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras tanto ordinarias como excepcionales serán presentadas para su autorización por parte del Rector al Consejo Directivo, su trámite se desarrollara de acuerdo con la normatividad vigente.

 Ver Resolución No. 485 (31 de marzo de 2020), POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS POLÍTICAS Y EL REGLAMENTO PRESUPUESTAL DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL DE ROLDANILLO, VALLE - INTEP.